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Para impulsar el crecimiento y como medida de fomento del turismo en la Ciudad Autónoma de Melilla, la Consejería competente en materia de Turismo (en la actualidad Consejería de Economía, Comercio, Innovación Tecnológica, Turismo y de Fomento) ha desarrollado el “Decreto Regulador de bonificación de Paquetes Turísticos con destino Melilla” y como entidad gestora, el Patronato de Turismo adscrita a la Consejería.

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, los ciudadanos con residencia legal en cualquier territorio, con exclusión de los residentes en Melilla, que cumplan con los requisitos exigidos.

El paquete Turístico consiste en la aplicación del 75% de descuento por persona sobre el importe neto en los billetes de ida y vuelta en avión o barco con unos límites establecidos y su estancia en Melilla en alguna de las modalidades en alojamiento turístico o entidad oficial o barcos de recreo atracados en la ciudad (previa justificación por parte de la entidad) o en el domicilio de un residente en la ciudad, con exclusión de:

  • - Desplazamientos por razones laborales, salvo aquellos profesionales que en su labor desarrollen la promoción de la ciudad de Melilla.
  • - Las competiciones deportivas oficiales o federativas, salvo eventos deportivos individuales.
  • - Del 01 junio al 01 septiembre, las ayudas en transporte marítimo se limitarán a establecimiento hoteleros
  • - Los residentes en Baleares, Ceuta y Canarias cuando su viaje tenga origen en su ciudad de residencia.

Se han incluido algunas novedades para poder beneficiarse de las ayudas como:

  • - Alojamiento en embarcaciones de recreo previa certificación por parte de la entidad que los acoge.
  • - Desplazamientos para profesionales que en su labor desarrollen la promoción turística de la ciudad de Melilla, siempre que cumplan con los requisitos, podrán beneficiarse de los descuentos de los billetes previa acreditación de la entidad.
  • - Se podrá solicitar un solo trayecto de ida o de vuelta para transporte aéreo o marítimo cuando sea necesario una modificación en las fechas de viaje en un billete, previa justificación de la compra del mismo por el solicitante y siempre que cumpla con los requisitos establecidos en la nueva convocatoria.

Con una duración entre dos a quince días naturales consecutivos entre las fechas de ida y vuelta.

Para obtener la bonificación, deberá cumplimentar una solicitud que incluya a todas las personas que viajan y aportar la documentación necesaria.

Una vez obtenido el bono, debe dirigirse a una de las agencias de viajes seleccionada en su solicitud para la gestión de sus billetes.

Transporte marítimo

Consistirá en la aplicación de un descuento por persona de un 75% sobre el importe neto del precio del billete del trayecto de ida y vuelta desde Málaga, Almería o Motril,

  • - Butaca: hasta 50€
  • - Camarote individual: hasta 125€
  • - Camarote doble: hasta 100€
  • - Camarote triple: hasta 90€
  • - Camarote cuádruple: hasta 80€

En los menores de 2 años cuya tarifa de los billetes sea cero euros, no se aplicará descuentos debiendo abonar las tasas de los mismos

Transporte aéreo

Consistirá en la aplicación de un descuento del 75% sobre el importe neto del billete por persona para los vuelos de ida y vuelta

  • - Desde Madrid, Barcelona y otros de origen distinto (con exclusión de Baleares, Canarias y Ceuta al disfrutar ya de descuento de residente): hasta 360€
  • - Desde Málaga: hasta 200€
  • - Desde Sevilla, Granada y Almería: hasta 120€
  • - A los residentes en Baleares, Canarias y Ceuta desde origen distinto al lugar de residencia
  • - Origen fuera de España: subvención solo desde vuelos desde cualquier ciudad de España

En los menores de 2 años se aplicará sobre su tarifa, debiendo abonar las tasas de los mismos

Estancia

Aplicación de los siguientes descuentos para la estancia en alojamiento turístico (gestionado por agencias de viajes adheridas a la promoción) por habitación y día sobre el importe neto del precio:

  • - Hotel 4*: 20€
  • - Hotel 3*: 15€
  • - En resto de alojamientos turísticos: 10€

Melilla, un trocito de España en África, bañada por el Mediterráneo

Enclave entre dos continentes, Melilla. Nuestra ciudad, llena de vida, se caracteriza por la fusión cultural; sus lenguas, gastronomía, templos y arquitectura son fiel reflejo de ello. Melilla es tu sitio si quieres pasar unos días de vacaciones o si quieres invertir. ¿Sabías que en Melilla tienes una deducción mínima del 50% en todos los impuestos? ¡Ah!, y estamos exentos de IVA. En definitiva, Melilla es un lugar donde invertir, disfrutar, descansar o realizar tus compras. Y ahora es más accesible que nunca.

Dando un paseo por sus 12 kilómetros cuadrados, Melilla cuenta con sinagogas, mezquitas e iglesias, además de una extraordinaria variedad de arquitectura modernista. Pero su atractivo no se acaba en sus fronteras, ya que nuestro horizonte se amplía a través del mar y la tierra de Marruecos. Explorando sus costas o aventurándonos tierra adentro, el encanto de Melilla no tiene límites.

La ciudad nos invita a disfrutar de su centro histórico, conocido como ‘Melilla La Vieja’, la joya de nuestra corona, una ciudad medieval perfectamente conservada. Sin embargo, el rasgo más importante de Melilla es, sin lugar a duda, su gente. Los melillenses te acogen y te hacen sentir como si estuvieras en tu propia casa.

Además, nuestras ganas de poder enseñarte Melilla nos llevan a querer bonificar tu viaje y tu estancia. Puedes venir a vernos por mar o aire desde Málaga, Sevilla, Almería, Granada, Motril, Palma de Mallorca, Gran Canarias, Barcelona o Madrid.

¡Te invitamos a visitarnos!

Los interesados podrán presentar sus solicitudes con los siguientes contenidos

  • - Nombre, apellidos y dirección de todas las personas incluidas como beneficiarios del paquete turístico.
  • - DNI, pasaporte o tarjeta de residencia de todas las personas que viajan. En el caso de menores sin documentación, será necesario el libro de familia o partida de nacimiento.
  • - Modelo Declaración responsable (una por persona) descargable aquí. En el supuesto de menores de edad, se indicarán los datos del mismo, siendo su representante legal la persona que lo firme.
  • - En el caso que no pueda comprobarse la residencia legal en el territorio de la Unión Europea, con exclusión de los residentes en Melilla, se solicitará aportar el certificado de empadronamiento.
  • - Fechas de viaje de ida y vuelta en transporte marítimo o aéreo con destino Melilla con una duración entre dos y quince días naturales consecutivos.
  • - Alojamiento turístico durante la estancia en Melilla.
  • - En su caso, domicilio de residente en Melilla donde vaya a tener lugar el alojamiento, la copia del Documento Nacional Identidad y autorización formal cuya firma debe estar acreditada mediante certificado digital o mediante comparecencia personal o mediante apoderado ante la entidad gestora, Patronato de Turismo. Descargar modelo de autorización del residente.
  • - Teléfono de contacto
  • - Dirección de mail donde se le va a enviar su bono
  • - Seleccionar la agencia de viajes donde va a realizar la compra del Paquete Turístico

Las cuantías señaladas, así como los puertos o aeropuertos señalados, podrán ser modificadas mediante el orden de consejo competente en materia de turismo.

Al realizar la solicitud, acepta que los datos contenidos en ella serán almacenados y utilizados por el Patronato de Turismo de la Ciudad Autónoma de Melilla para la gestión de las ayudas.

Así mismo, queda enterado/a de que la inexactitud, falsedad u omisión puede dar lugar a las responsabilidades civiles o administrativas que correspondan.

Una vez obtenido el bono, este podrá tramitarse en la agencia de viajes seleccionada antes de su caducidad a los treinta días de su aceptación. En caso de sobrepasarse dicha fecha sin actuaciones por su parte el bono se marcará como expirado. Puede registrar una nueva solicitud si desea hacer uso de la promoción.

En cumplimiento de la Ley de Transparencia y la Ley General de Subvenciones, la Admiración de la Ciudad Autónoma de Melilla, procederá a comunicar a la Agencia Tributaria la subvención recibida.

La contratación del paquete turístico comporta que todos los beneficiarios de las ayudas serán responsables de las obligaciones tributarias que procedan.

Así mismo, las ayudas concedidas serán publicadas en la BDNS tal y como previene el artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones, salvo que la publicación de los datos del beneficiario, en razón del objeto de la subvención, pueda ser contraria al respeto y salvaguarda del honor, a la intimidad personal o familiar de las personas físicas en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y así se disponga por el Consejero competente en materia de turismo (art. 20.8 letra b) de la LGS).

Preguntas frecuentes

Consiste en la aplicación del 75% de descuento por persona con unos límites establecidos, sobre el importe neto del billete de ida y vuelta en línea regular y/o alojamiento

Aplicación del 75% por persona sobre el importe neto del precio del billete del trayecto de ida y vuelta con los siguientes límites:

  • • Para el transporte marítimo desde Málaga, Almería o Motril:
    •  ◦ Butaca: 50 euros
    •  ◦ Camarote individual: 125 euros
    •  ◦ Camarote doble: 100 euros
    •  ◦ Camarote triple: 90 euros
    •  ◦ Camarote cuádruple: 80 euros
  • • Para el transporte aéreo desde:
    •  ◦ Madrid, Barcelona y otros de origen distinto (con exclusión de Baleares, Canarias y Ceuta al disfrutar ya del descuento de residente): 360 euros
    •  ◦ Málaga: 200 euros
    •  ◦ Sevilla, Granada y Almería: 120 euros
    •  ◦ A los residentes en Baleares, Canarias y Ceuta desde origen distinto de su lugar de residencia al no aplicarse el descuento de residente
    •  ◦ Origen fuera de España: subvención solo desde vuelos desde cualquier ciudad de España

Aplicación de los siguientes descuentos para la estancia en alojamiento turístico por habitación y día sobre el importe neto del precio:

  • • Hotel de 4 estrellas: 20 euros
  • • Hotel de 3 estrellas: 15 euros
  • • Resto de alojamientos turísticos: 10 euros

Los beneficiarios residentes en Baleares, Canarias y Ceuta cuyo origen de viaje sea desde su lugar de residencia solo podrán beneficiarse del descuento en estancia en establecimientos hoteleros al disfrutar ya del descuento de residente

A todos los ciudadanos con residencia legal en cualquier territorio, con exclusión de los residentes en Melilla.

Si, solo se subvencionará el transporte desde cualquier ciudad de España

Para acogerse a las ayudas de transporte marítimo, su estancia se limitará a la modalidad de alojamiento turístico debiendo coincidir los días de estancia con la extensión del viaje de ida y vuelta

No, los menores de edad no podrán ser ni solicitantes ni beneficiarios de las ayudas cuando viajen solos sin el acompañamiento de un adulto.

Si, tiene un mes desde que se aceptó su solicitud para realizar la compra de sus billetes en la agencia de viajes seleccionada previamente.

Puede obtenerlo pinchando aquí

Todos los viajeros que aparecen en la solicitud deben presentar una declaración responsable individual de que no se encuentra incursa en ninguna de las circunstancia recogidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Lay 38/2003 General de Subvenciones, que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones, y que cumple las obligaciones que para los perceptores de ayudas y subvenciones establece el artículo 14 de la misma ley; y que, asimismo, no tiene dudas pendientes por reintegro de subvenciones a tenor de lo previsto en el artículo 25 del real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Subvenciones, ni justificación pendiente de presentar ante la Ciudad Autónoma de Melilla.

En el supuesto de menores de edad, se indicarán los datos del mismo, siendo su representante legal la persona que lo firme.

Si. Se podrá solicitar un solo trayecto de ida o de vuelta para transporte aéreo o marítimo cuando sea necesario una modificación en las fechas de viaje en un billete, previa justificación de la compra del mismo por el solicitante y siempre que cumpla con los requisitos establecidos en la nueva convocatoria

No, solo los beneficiarios residentes en Baleares, Canarias y Ceuta cuando el origen de su viaje sea desde su lugar de residencia

No, los descuentos por alojamiento turísticos reglamentados por el Patronato de Turismo, solo se podrán aplicar al contratar el paquete turístico en una de las agencias de viajes colaboradoras adheridas al programa de bonos.

Si, cuando el alojamiento elegido sea el domicilio de un residente en la ciudad. Para ello, debe adjuntar en la solicitud, el DNI del residente y el modelo de autorización con la firma acreditada mediante certificación digital (arts. 9 y ss de la Ley 39/2015) o mediante comparecencia personal o mediante apoderado en las instalaciones del Patronato de Turismo.

Para desplazamientos para profesionales que en su labor desarrollen la promoción turística de la ciudad de Melilla.

Puede obtenerlo pinchando aquí

No. Deberá realizar la compra de los billetes de ida y vuelta por el mismo transporte.

Sí, siempre y cuando el importe total de las ayudas percibidas no exceda el importe de los billetes y/o alojamiento.

En cumplimiento de la Ley de Transparencia y la Ley General de Subvenciones, la Admiración de la Ciudad Autónoma de Melilla, procederá a comunicar a la Agencia Tributaria la subvención recibida.

La contratación del paquete turístico comporta que todos los beneficiarios de las ayudas serán responsables de las obligaciones tributarias que procedan.

Así mismo, las ayudas concedidas serán publicadas en la BDNS tal y como previene el artículo 20.8 de la Ley General de Subvenciones, salvo que la publicación de los datos del beneficiario, en razón del objeto de la subvención, pueda ser contraria al respeto y salvaguarda del honor, a la intimidad personal o familiar de las personas físicas en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 1/1982, de 5 de mayo, de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, y así se disponga por el Consejero competente en materia de turismo (art. 20.8 letra b) de la LGS).

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    • www.bonosmelilla.es.
  • PRESENCIAL:

    • En el Patronato de Turismo.
    • En las agencias de viajes adheridas al convenio.

  • - Nombre, apellidos y dirección de todas las personas incluidas como viajeros en el paquete turísticos
  • - DNI, pasaporte o tarjeta de residencia (visiblemente legible y sin editar) de todas las personas que viajan. En el caso de menores sin documentación, será necesario el libro de familia o partida de nacimiento.
  • - Modelo Declaración responsable (una por persona) descargable aquí. En el supuesto de menores de edad, se indicarán los datos del mismo, siendo su representante legal la persona que lo firme
  • - En el caso que no pueda comprobarse la residencia legal en el territorio de la Unión Europea, con exclusión de los residentes en Melilla, se solicitará aportar el certificado de empadronamiento.
  • - Fechas de ida y vuelta con una duración entre dos y quince días naturales consecutivos, es decir, mínimo una noche máximo 14
  • - Alojamiento turístico durante la estancia en Melilla
  • - En su caso, domicilio de residente en Melilla donde vaya a tener lugar el alojamiento, Documento Identificativo del residente y modelo de autorización con la firma acreditada mediante certificación digital (arts. 9 y ss de la Ley 39/2015) o mediante comparecencia personal o mediante apoderado en las instalaciones del Patronato de Turismo.
  • - Teléfono de contacto
  • - Dirección de email donde se le va a enviar su bono
  • - Seleccionar la agencia de viajes donde va a realizar la compra de los billetes

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